24 Agosto 2023

LA CONFIDENCIALIDAD Y EL DEBER DE SECRETO

Le escribimos estas líneas para recordarles la importancia de llevar el control de esta normativa, en la que se establece los requisitos específicos para empresas y organizaciones sobre recogida, almacenamiento y gestión de los datos personales.

  En la documentación a firmar por los trabajadores es conveniente que al menos una vez al año se recuerde la importancia y las consecuencias de incumplimiento de la confidencialidad y el deber de secreto (este documento suele estar recogido en la “NORMATIVA DE PROTECCIÓN DE DATOS” que para el personal tenga implementado la empresa).

El trabajador/a se compromete a lo siguiente:

·         A mantener en el más estricto secreto profesional toda la información confidencial que pueda llegar a su conocimiento como consecuencia de su actividad profesional y del desempeño de sus funciones, comprometiéndose a no divulgarla, publicarla, cederla, venderla ni de otra forma, directa o indirecta, ponerla a disposición de terceros, ni total ni parcialmente, y a cumplir esta obligación incluso con sus propios familiares que no estén autorizados a acceder a la citada información, cualquiera que sea el soporte en el que se encuentre la información.

·         Cumplir, en el desarrollo de sus funciones en la empresa la normativa vigente, relativa a la protección de datos de carácter personal y, en particular el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 sobre la Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).

·         Cumplir los compromisos anteriores incluso después de extinguida por cualquier causa la relación laboral o prestación de servicios.

·         Recordar al trabajador/a que es responsable frente a la empresa y terceros de cualquier daño que pudiera derivarse del incumplimiento, y que será el/ella, vía judicial, los que asumirán las indemnizaciones, sanciones o reclamaciones que ésta se vea obligada a satisfacer como consecuencia de dicho incumplimiento.

Es por lo que, nuestro consejo es que comprueben que TODOS los trabajadores/colaboradores tienen firmado la cláusula de confidencialidad y deber de secreto dentro de los documentos que conforman la Protección de Datos de la Empresa.