10 Marzo 2021

Nueva tarifa plana para ayudar a las madres autónomos

Con motivo del Día Internacional de la Mujer, el ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones ha emprendido una nueva campaña informativa para dar a conocer la posibilidad de acceso a una tarifa plana de autónomo durante los dos años siguientes tras ser madre. Podrán disfrutar de esta medida las madres que vuelvan a trabajar por cuenta propia antes de los dos años tras la fecha en la que cesó su periodo de maternidad. Esta bonificación se encuentra respaldada en la Ley 20/2007 del Estatuto del trabajador autónomo, artículo 38, sobre la posibilidad de obtención, en determinados caso, de ayudas por parte de las trabajadoras autónomas reincorporadas a la actividad laboral tras finalizar su etapa de maternidad.

En este sentido, las mujeres que cumplan con el anterior requerimiento obtendrán como beneficio una cuota que, por contingencias comunes y profesionales, tendrá un valor de 60 euros al mes durante los doce meses siguientes al momento en el que se incorpora a su trabajo.

Para ello, se precisa una cotización por la base mínima impuesta en el régimen especial correspondiente a la actividad por cuenta propia.
Por su parte, las trabajadores que seleccionan una base de cotización por encima de la mínima, podrán acceder a una bonificación del 80% sobre la cuota por contingencias comunes mientras dure el periodo fijado para ello.

¿En qué consiste la tarifa plana de 60 euros para autónomos?

Esta ayuda fue aplicada con éxito en el año 2013, pero sufrió ciertas modificaciones en los posteriores años, tales como su incremento de 50 a 60 euros y una ampliación del primer periodo a un año, así como su extensión para nuevos autónomos pertenecientes a municipios con un número de habitantes inferior a 5.000.

Se refiere a un pago mensual a la Seguridad Social por valor de 60 euros frente a 286,15 euros anteriormente requeridos como cuota mensual base en 2021. Este pago se concreta en 4 tramos, distribuidos de la siguiente manera:

●  Primer Tramo. Tiene lugar durante los 12 primeros meses con una cuantía de 60 euros, derivada de un 80% sobre el valor de 283,30 euros. Este primer tramo podrá ser disfrutado por las madres reincorporadas a su trabajo por cuenta propia.

●  Segundo Tramo. Se corresponde a los 13-18 meses, estableciendo una cuota por valor de 143,10 euros, siendo un 50% de la base.

●  Tercer Tramo. Esta cuota, con valor de 200,30 euros, se establece durante los meses 19 a 24, siendo una reducción del 30%.

●  Cuarto Tramo. En este último periodo, correspondiente a los meses 25-36, se demanda una cuota idéntica a la anterior, por valor de 200,30 euros.

Aunque esta tarifa resultó ser altamente aceptada, se produjo cierta controversia debido al cese de la actividad por parte de los autónomos una vez que este periodo de ayuda ha finalizado.
¿Cuál es el proceso para solicitar esta bonificación?

El procedimiento es sencillo, pues tan solo necesita ser solicitada a la Seguridad Social en el momento de darse de alta como autónomos, siempre que se cumpla el requisito anteriormente mencionado.