11 Marzo 2020

EL aislamiento o contagio por coronavirus será considerado situación asimilada al accidente laboral, exclusivamente para la prestación.

Hoy se ha publicado el Real Decreto-ley 6/2020 de 10 de marzo, que incluye medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, entre las que destaca que el aislamiento o contagio por coronavirus será considerado situación asimilada al accidente laboral, exclusivamente para la prestación. 

El artículo quinto de la resolución contempla, con el fin de proteger la salud pública, como situación asimilada a accidente de trabajo exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19.

Según informa el BOE, esta consideración es extensible a también en el caso de los trabajadores por cuenta propia. Esto tiene especial relevancia en el cobro de las prestaciones derivadas de dicha baja. En el caso de ser considerado enfermedad común, el autónomo sólo cobraría a partir del cuarto día, y tan sólo un 60% de la base reguladora para la que esté cotizando. Esto significa que en los casos de profesionales que cotizan el mínimo (más del 80%), cobrarían 19 euros por día de baja.

Sin embargo, con la nueva medida sobre la mesa, el autónomo que se vea afectado por esta circunstancia pasa a cobrar el 75% de la base reguladora, y lo hará desde el día siguiente a la  baja, tal y como marcan las directrices de la Seguridad Social, en el caso de las bajas derivadas de enfermedad o accidente laboral. Siguiendo con el ejemplo de empleados por cuenta propia que cotizan por la mínima, esto supondrá cobrar 23,61 euros al día, desde el día siguiente a la mencionada baja.

El único requisito, tal y como establece el artículo 5 de este Real Decreto Ley, es estar dado de alta en la fecha en la que se produzca el hecho causante.

Toda la información en el enlace en el BOE https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/11/pdfs/BOE-A-2020-3434.pdf

Fuente: BOE