27 Abril 2015

Libro hoja de reclamaciones

DECRETO 72/2008, de 4 de marzo

Es obligatorio  tenerlo en  todos los establecimientos abiertos al público y  expuesta  en sitio visible de la hoja dónde se especifique que el negocio cuenta con dicho libro.

Se contestará la hoja  rellena y se entregará a  la administración competente en el plazo de 10 diez hábiles, por no contestar en plazo de reclamación supone comisión de una sanción económica-administrativa.

Si desea ayuda  sobre este tema no dude en ponerse en contacto con nosotros,